Documentos extranjeros que conviene revisar antes de divorciarte
Un certificado o un acuerdo firmado en otro país puede cambiar el procedimiento. Conviene revisarlos antes de presentar la demanda o firmar un convenio.
Autor y revisión: José Enrique Rodríguez Zarza, abogado nº 68.400 del ICAM · Revisado el
Respuesta rápida
Lo habitual es necesitar el certificado de matrimonio y los de nacimiento de los hijos, con apostilla del Convenio de La Haya de 1961 (o legalización si el país no es parte) y traducción jurada al español. Los documentos públicos de países de la UE pueden estar exentos de apostilla por el Reglamento (UE) 2016/1191. También deben revisarse acuerdos prematrimoniales, sentencias previas y títulos de propiedad extranjeros.
Certificados de estado civil
Certificado de matrimonio y de nacimiento de los hijos. Si el matrimonio está inscrito en el Registro Civil español, basta normalmente con la certificación española.
Apostilla, legalización y traducción
La apostilla acredita la autenticidad de la firma en países del Convenio de La Haya de 1961. Para documentos públicos de la UE, el Reglamento 2016/1191 suprime la apostilla y ofrece formularios multilingües. La traducción debe ser jurada.
Acuerdos y resoluciones previas
Acuerdos prematrimoniales, capitulaciones, sentencias de custodia o de alimentos dictadas en otro país. Determinan el régimen económico o pueden requerir reconocimiento en España.
Patrimonio y residencia
Títulos de propiedad y extractos de bienes en el extranjero; en España, NIE, certificado de empadronamiento y, en su caso, de residencia, útiles para acreditar la residencia habitual.
Fuentes y revisión
- Convenio de La Haya de 1961 · apostilla (HCCH)
- Reglamento (UE) 2016/1191 · documentos públicos (EUR-Lex)
- Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional (BOE)
Última revisión jurídica por José Enrique Rodríguez Zarza: .
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Preguntas frecuentes
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Para el juzgado, en general no: se requiere traducción jurada o la que el órgano judicial admita.
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